El pasado 13 de marzo, el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento de Inteligencia Artificial (en adelante, RIA). El texto definitivo se presenta como una norma antropocéntrica, con el claro objetivo de proteger los derechos fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Junto a este claro y primordial objetivo, paralelamente, el RIA persigue establecer un marco jurídico uniforme para todos los estados miembros, garantizando que la IA sea fiable, segura y se desarrolle y utilice de conformidad con las obligaciones relativas a los derechos fundamentales.
Dentro de los considerando, el RIA presenta al ser humano como punto de partida para construir una norma uniforme cuyo objetivo es proteger y limitar la creación de sistemas de IA y su uso.
Con estas premisas, consideradas como primordiales para el RIA, este nos ofrece definiciones de conceptos hasta ahora no recogidos formalmente y establece los límites para la creación y utilización de la IA. A continuación os detallamos aquello que consideramos más relevante.