El pasado 1 de septiembre de 2023, entraron en vigor los nuevos incentivos a la contratación laboral, que fueron establecidos mediante el Real Decreto Ley 1/2023, de 11 de enero de 2023.
Esta medida diseñada para promocionar la contratación de personas desempleadas, contribuir al mantenimiento y mejora la calidad del empleo, y la promoción profesional de las personas ocupadas, se constituye en una potente herramienta que permite optimizar los costos de Seguridad Social, de las empresas en su etapa inicial.
Bajo este escenario,
¿Quiénes son los beneficiarios de los incentivos?
Entre sus beneficiarios encontramos las empresas u otros empleadores, así como, las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, sociedades laborales o cooperativas y las entidades públicas y privadas sin animo de lucro.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a estas bonificaciones?
No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
No haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo o formación profesional para el empleo, por la comisión de infracciones graves o muy graves no prescritas.
Contar con el plan de Igualdad, en el caso de las empresas obligadas legal o convencionalmente a su implementación.
¿A quién puedo contratar? y a ¿qué bonificaciones puedo acceder con estos nuevos incentivos?
Procedemos a realizar un análisis de estas de forma esquemática.
Bonificación para la contratación temporal
Personas desempleadas menores de 30 años para la sustitución de:
- Personas de baja por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia.
- Personas de baja por nacimiento y cuidado del menor o ejercicio corresponsable del cuidado del menor lactante. (art. 17) 366€/ mes el tiempo que dure la sustitución
Personas desempleadas con discapacidad para sustitución de personas trabajadoras con discapacidad que tengan suspendido el contrato por incapacidad temporal (art. 17)
Personas trabajadoras sustituidas por el nacimiento y cuidado del menor, el ejercicio corresponsable del cuidado del menor lactante, riesgo durante el embarazo, y riesgo durante la lactancia natural (art. 18)
Bonificación para facilitar la conciliación laboral
Se incentiva el cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional. (art. 19) 138€/ mes durante el periodo de permanencia en otro puesto de trabajo.
Bonificación para contratos de formación en alternancia
Contrato de formación en alternancia (art. 23) 91€/mes
Bonificación para la transformación de contratos a indefinidos
Transformación de contratos formativos en indefinidos (art. 24) Con carácter general 128€ mes por 3 años.
Mujeres 147 € mes por 3 años.
Transformación de contratos relevo en indefinidos (art. 24) Con carácter general 55 € mes por 3 años.
Mujeres 77 € mes por 3 años.
Bonificación para la contratación de trabajadores con carácter indefinidos
Personas con capacidad intelectual límite. Esto es del 20% de discapacidad intelectual sin alcanzar el 33%. (art. 14) 128€/mes durante 4 años
Readmisión de personas trabajadoras que han cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta. (art. 15) 138€/mes durante 2 años
Mujeres víctimas de violencia de género, violencia sexual y trata de seres humanos y de trata de seres humanos, tanto con fines de explotación sexual como laboral (art. 16) 128€/mes durante 4 años
Personas en situación de exclusión social (art. 20) 128€/mes durante 4 años. Y si se trata del primer contrato en los 12 primeros meses tras la finalización de un contrato con una empresa de inserción será de 147€/mes durante 1 año.
Personas desempleadas de larga duración e inscritas en la oficina de empleo al menos 12 meses en los 18 meses anteriores. (art. 21) Con carácter general 110€/ mes durante 3 años
Mujeres 128€/mes durante tres años.
Personas de 45 o más años 128€/mes durante tres años.
Personas víctimas de terrorismo (art. 22) 128€/mes durante 4 años
Personas menores de 30 años que no hayan alcanzado los estudios correspondientes al título de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio del sistema de Formación Profesional, de acuerdo con la declaración que realicen a este respecto en su inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (disposición adicional primera) 275€/ mes durante 3 años
Bonificación para determinados sectores
Contratos predoctorales para personal de investigación. (art. 27) 115€/mes durante la vigencia del contrato
Contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística (art. 30) 262€/ mes durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año.
Personas menores de 30 años o menores de 35 años con diversidad funcional de al menos el 33%, como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales (art 28) 147 €/mes durante el primer año, y de 73 €/mes durante los dos años restantes.
Bonificación Contratación a personas trabajadoras del hogar
Cuando cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora en los términos y condiciones que se fijen reglamentariamente. (Disposición adicional tercera) Bonificación del 30% o del 45% en la aportación
empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al Sistema Especial establecido en el mismo.
Bonificación para la contratación de personal con discapacidad
Contratación indefinida Con carácter general 375€/mes durante la vigencia del contrato
Mujeres 70,83 € extra por mes duran la vigencia del contrato
Persona de 45 años o más 100€ extra por mes, durante la vigencia del contrato
Contratación indefinida cuando la persona tenga diversidad funcional severa. Con carácter general 425 € mes durante la vigencia del contrato
Mujeres 70,83 € extra por mes duran la vigencia del contrato
Persona de 45 años o más 100€ extra por mes, durante la vigencia del contrato
Conversión del contrato temporal o formativo en indefinido 375€/mes durante la vigencia del contrato
Contratación de menores de 30 años o menores de 35 años en caso de que cuenten con una diversidad funcional superior al 33% 147€/ mes durante la vigencia del contrato
Bonificación para la sustitución de víctimas de violencia de género o sexual
Los contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo (Disposición adicional novena) 100% de la cuota durante la vigencia del contrato
El Real Decreto- Ley, deroga todas las normas de igual o inferior rango, que contradigan su contenido, previéndose una evaluación de impacto de las medidas por parte del Ministerio de Trabajo y Económica Social, y la adopción de reformas y adaptación que fueran necesarias para favorecer el empleo estable.
Desde La Guard quedamos a su entera disposición para cualquier duda que puedan tener sobre la forma de implementar las nuevas bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social en su empresa.