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La validez de la cláusula de permanencia en planes de Stock Options tras un despido improcedente

La validez de la cláusula de permanencia en planes de Stock Options tras un despido improcedente

19 maggio 2025

El Real Decreto-ley 11/2024 introduce importantes cambios en el sistema de pensiones de jubilación en España. Estas modificaciones se presentan como un avance hacia un sistema de pensiones más flexible y adaptado a las necesidades de los trabajadores y pensionistas.

A continuación, detallamos las modificaciones clave basadas en el análisis de su contenido:

1- Artículo 210 LGSS: Cuantía de la pensión
Se mantiene un 4% adicional por cada año completo de demora en la jubilación.
A partir del segundo año de demora, se permite computar períodos superiores a seis meses e inferiores a un año, otorgando un 2% adicional.
Las opciones para recibir el complemento son:

  • Incremento en el porcentaje de la pensión.
  • Cantidad a tanto alzado, calculada según años cotizados.
  • Combinación de ambas opciones.

2- Artículo 213 LGSS: Compatibilidad de pensión y trabajo
Se amplían las condiciones para compatibilizar la pensión con el trabajo. Esta compatibilidad incluye:

  • Trabajos por cuenta ajena o propia.
  • Reducción proporcional de la pensión según la jornada laboral en caso de trabajo a tiempo parcial.

3- Artículo 214 LGSS: Jubilación activa
Se redefine el porcentaje de la pensión compatible con el trabajo según los años que se haya demorado el acceso a dicha pensión, estableciendo una escala por anualidades que va desde:

  • 45% tras un año.
  • 100% tras cinco años.

Para autónomos que contraten trabajadores, se aplica un porcentaje del 75% durante los primeros tres años, bajo condiciones específicas.

4- Artículo 215 LGSS: Jubilación parcial
Reducción de jornada:
Aumenta el máximo de reducción del 50% al 75%.
Contrato de relevo: Ahora debe ser indefinido y a tiempo completo.
Se permite anticipar hasta tres años el acceso a la jubilación parcial.

5- Trabajadores fijos-discontinuos
Recuperación del coeficiente multiplicador del 1,5 para el cálculo de prestaciones como la jubilación, sin exceder el número de días naturales del año.

6- Otras Disposiciones

Regímenes transitorios: Se mantienen ciertas disposiciones previas para la jubilación parcial hasta 2030 bajo requisitos específicos.
Base de cotización: Durante la jubilación parcial, la base mínima de cotización se aplicará gradualmente hasta alcanzar el 80% de la base correspondiente a jornada completa.

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